Las elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) 2023 son este domingo 13 de agosto. Se trata de una votación que genera dudas entre los electores, quienes suelen preguntarse respecto de su obligatoriedad. Además, muchos desconocen las sanciones y multas que rigen para los que no asistan a las urnas durante la jornada.
Qué pasa si no voto en las elecciones PASO 2023
Las elecciones PASO son de carácter obligatorio en la Argentina. Por eso, todos los electores de entre 18 y 70 años que figuren en el padrón deben acercarse a las escuelas a votar, mientras que es optativo para quienes tengan 16 y 17 años o sean mayores de 70.
Tal como indica el Gobierno Nacional, a quienes deban sufragar y no puedan justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitieron su voto, les corresponde una multa económica y quedan incorporados en el Registro de Infractores al deber de votar. Asimismo, no pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, quienes no paguen la multa, no podrán realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Quiénes están exceptuados de ir a votar
De acuerdo al artículo 12 del Código Electoral Nacional, las personas que quedan exentas de la obligación de sufragar en las elecciones son las siguientes:
Qué pasa si no puedo asistir al establecimiento el día de la votación
Quienes no puedan concurrir a los comicios y tengan un justificativo válido, deben ir con su documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentren y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar. Hay que tener en cuenta que el certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral.
De cuánto es la multa por no votar
En el artículo 125 del Código Electoral se dispone que la multa es de entre $50 y $500. En caso de que el elector no la pague, no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Quienes no voten en las PASO, ¿pueden sufragar en las generales?
Si alguien no vota en las PASO y figura en el padrón electoral, tiene el derecho y la obligación de votar en las elecciones generales del 22 de octubre. Sin embargo, debe justificar su inasistencia ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
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