Los bonaerenses que figuren en el padrón electoral están obligados a votar este domingo 7 de septiembre. La Ley Electoral Provincial N° 5.109, en su artículo 137, establece que quienes no emitan su voto y no justifiquen su ausencia ante la Junta Electoral dentro de los 60 días posteriores, pueden recibir una multa de entre $50 y $500.
La justificación puede presentarse con causas válidas como estar a más de 500 km del lugar de votación, contar con un problema de salud certificado o enfrentar un evento de fuerza mayor comprobable. Si no se justifica, el elector queda registrado en el Registro de Infractores al deber de votar, y puede enfrentar inconvenientes para realizar trámites estatales o asumir cargos públicos.