Después de haberlo anunciado en julio, la AFIP estableció un régimen de retención de IVA y de ganancias a las operaciones con billeteras electrónicas, como Mercado Pago o Todo Pago. El objetivo, según aseguraron, es poner en igualdad de condiciones a este tipo de operaciones con las compras realizadas con tarjeta de débito y crédito.
De esta manera, los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito. Esos montos son similares a los establecidas para las compras directas: 0,5 % para tarjetas de débito y 1 % para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos.
A su vez, las administradoras de las terminales o las billeteras electrónicas realizarán la misma retención más allá del canal de cobro utilizado.
Sin embargo habrá excepciones ya que quedaran exentas de esta medida las microempresas registradas ante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las “Potenciales Micro Empresas” en los términos de la Resolución General 4.568 y su modificatoria, indicó la AFIP en un comunicado.
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