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Buenos Aires

La Provincia promulgó la ley que autoriza el endeudamiento y crea fondos municipales

La Provincia promulgó la ley que autoriza el endeudamiento y crea fondos municipales 1

El Gobierno bonaerense promulgó la Ley N° 15.561, que habilita un esquema de endeudamiento por más de 3.600 millones de dólares, crea un fondo específico para los municipios y condona deudas acumuladas durante la pandemia, en un movimiento de alto impacto sobre las finanzas provinciales y locales.

La normativa, publicada este martes en el Boletín Oficial de la provincia, había sido sancionada por la Legislatura el pasado 4 de diciembre y otorga amplias facultades al Poder Ejecutivo para reorganizar el perfil de deuda, atender desequilibrios financieros y financiar obras e inversiones estratégicas.

Según establece el artículo 1°, el Ministerio de Economía queda autorizado a tomar deuda en pesos u otras monedas por hasta el equivalente a 1.045 millones de dólares, monto destinado a afrontar los servicios de amortización de la deuda pública previstos para el ejercicio 2025.

En paralelo, el artículo 2° habilita al Sector Público Provincial a contraer deuda adicional por hasta 1.990 millones de dólares con el objetivo de cancelar o renegociar pasivos financieros y judiciales no previsionales, mejorar el perfil de vencimientos, cubrir déficit financiero, regularizar atrasos de Tesorería, otorgar avales y financiar proyectos sociales, ambientales y de inversión.

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La ley establece que los compromisos asumidos —capital, intereses y gastos asociados— serán afrontados con Rentas Generales de la Provincia o con recursos propios de los organismos involucrados, y autoriza la afectación de recursos provinciales y de la coparticipación federal como garantía.

Uno de los puntos centrales de la norma es la creación del Fondo de Emergencia y Fortalecimiento de la Inversión Municipal para los ejercicios 2026 y 2027, destinado a regularizar atrasos financieros y financiar proyectos sociales, ambientales y de infraestructura en los 135 municipios bonaerenses.

El fondo se integrará con el 8 % de los recursos obtenidos a través del endeudamiento autorizado y contará con una garantía mínima de 250 mil millones de pesos provenientes de Rentas Generales. Las transferencias se realizarán en cinco tramos entre abril de 2026 y junio de 2027.

El esquema de distribución prevé que el 70 % de los fondos se asigne según el Coeficiente Único de Distribución (CUD), mientras que el 30 % restante financiará programas provinciales ejecutados por los Ministerios de Infraestructura y Servicios Públicos, Transporte y el Instituto Cultural.

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Además, el artículo 10 de la ley dispone la condonación de las deudas municipales correspondientes al Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal, creado durante la pandemia de COVID-19, y al Fondo Especial de Asignaciones Extraordinarias Salariales.

La norma también autoriza a Buenos Aires Energía S.A. a endeudarse por hasta 150 millones de dólares para financiar proyectos energéticos, y a Autopistas de Buenos Aires (AUBASA) a contraer deuda por hasta 250 millones de dólares destinada a obras de inversión pública. En ambos casos, se habilita el otorgamiento de garantías provinciales y la constitución de fideicomisos.

En materia de control, la ley crea una Comisión Bicameral de Seguimiento de la Emergencia Económica de la Provincia y los Municipios, integrada por diputados y senadores, con facultades para requerir información al Poder Ejecutivo, analizar proyectos municipales y recibir informes trimestrales sobre la evolución de la deuda pública.

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