Desde la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Monte informaron que el pasado 3 del corriente entró en vigencia la Ordenanza mediante la cual se prohíbe hasta el 30 de noviembre en la laguna de dicha ciudad la práctica de esquí acuático y la circulación de motos de agua.
Asimismo, el resto de las embarcaciones a motor deberán circular a una velocidad inferior a los 15 Km/H.
Se trata de la Ordenanza n°2171 decreto 455 modificatoria de la Ordenanza n°1196 que en su Art. 34 establece que “durante el período que comprende desde el día 03 de abril hasta el 30 de noviembre del corriente, se prohíbe en todos los sectores de la laguna de Monte la práctica del esquí acuático y la circulación de motos de agua debiendo el resto de las embarcaciones a motor circular a una velocidad inferior de 15 km.”
Informó, INFOZONA
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