Se trata del "Certificado Único Habilitante para Circulación", que dispuso el Ejecutivo. Es para que puedan circular y acreditar su situación todos aquellos que estén exceptuados en el artículo 6 del Decreto Presidencial 297/20.
VÍA INFOZONA
El Ministerio del Interior, con su máxima autoridad Wado de Pedro, confirmó que este documento "tendrá carácter de declaración jurada para los aplicantes por lo que, el eventual falseamiento de datos dará lugar a sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente".
Se trata de los ciudadanos exceptuados en el artículo 6° del Decreto Presidencial 297/20.
Para poder gestionar el permiso es necesario acceder a la plataforma "Trámites a Distancia” (TAD), a través de la web https://tramitesadistancia.gob.ar/.
Este certificado será exhibido a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.
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