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El Gobierno evalúa declarar la educación como servicio esencial para evitar paros docentes

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En conferencia de prensa, esta mañana el vocero presidencial, Manuel Adorni, confirmó que comenzaron a evaluar la posibilidad de declarar la educación como servicio esencial. El gobierno de Javier Milei tomó esta decisión, de la que irá informando a medida que se registren avances al respecto.

Este es un paso más en la voluntad de restringir el derecho a huelga de los docentes. “Se ha tomado la decisión de comenzar con la evaluación para declarar a la educación como servicio esencial”, indicó Adorni durante la habitual conferencia de prensa en la Casa Rosada. “Los iremos manteniendo al tanto con respecto a este tema”, agregó.

Este anuncio se brinda en medio del reclamo de los gremios docentes, que piden convocatoria a paritarias del sector a nivel nacional. También solicitan el envío de fondos nacionales a las provincias.

Qué decía el DNU respecto a la educación como servicio escencial
Mediante el artículo 97 del DNU, el presidente Javier Milei proponía que se estableciera a la educación como “servicio esencial”. Esto abarcaba el nivel inicial, primario y secundario, los servicios de cuidado de menores y la educación especial.

A partir de esta consideración, se debería se garantizar la prestación de al menos el 75% del servicio, ante cualquier medida de fuerza. Sólo un 25% de los docentes podrían hacer el paro.

A pocos días del inicio del ciclo lectivo, y cuando hay una amenaza latente de la CTERA de no iniciar las clases, se intenta lograr que las escuelas permanezcan abiertas aún durante las protestas gremiales. Al permitir que un 25% de los docentes se plieguen a las medidas, se respetarían ambos derechos: a la educación y a la huelga.

Qué son los servicios escenciales
Hasta ahora, sólo se consideraba como esenciales a los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas y el control del tráfico aéreo. Para esas actividades, “cuando por un conflicto de trabajo alguna de las partes decidiera la adopción de medidas legítimas de acción directa que involucren actividades que puedan ser consideradas servicios esenciales, deberá garantizar la prestación de servicios mínimos para evitar su interrupción”.

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