El Gobierno nacional autorizó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional, bajo un nuevo régimen de control a cargo del Registro Nacional de Armas (RENAR). La medida fue oficializada este miércoles en el Boletín Oficial y marca un cambio en la política de regulación de armamento en el país.
La resolución, impulsada por el Ministerio de Seguridad que encabeza Patricia Bullrich, reemplaza la antigua prohibición vigente desde los años ’90 y establece un sistema de permisos especiales con requisitos estrictos para quienes deseen acceder a este tipo de armas.
A partir de ahora, los legítimos usuarios y las entidades de tiro podrán adquirir y poseer fusiles o subametralladoras semiautomáticas alimentadas con cargadores extraíbles y de calibre superior al .22 LR, siempre que acrediten la justificación deportiva o técnica correspondiente.
El nuevo régimen dispone que los interesados deberán cumplir con una serie de condiciones precisas, entre ellas:
Identificar el arma con tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie.
Contar con un Sector de Guarda tipo G2, un sistema de almacenamiento seguro aprobado.
Presentar una declaración jurada que justifique la solicitud, acompañada de documentación probatoria y fotografías del material.
Pagar la tasa correspondiente, equiparable al costo de la “Tenencia Exprés” y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).
Demostrar uso deportivo comprobable, ya sea mediante certificación de entidades de tiro, participación en certámenes nacionales o internacionales, o aval de instituciones habilitadas.
No poseer antecedentes sancionatorios ni trámites pendientes ante el RENAR.
Tener una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.
Además, el solicitante deberá aportar elementos adicionales que permitan al RENAR evaluar la pertinencia de la autorización.
La resolución también oficializa la transformación de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) en Registro Nacional de Armas (RENAR), que vuelve a funcionar bajo la órbita del Ministerio de Seguridad. Desde ahora, el organismo asumirá la plena responsabilidad en la aplicación y fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429.
Con este cambio, se dejan sin efecto varias disposiciones del antiguo régimen (81/02, 54/04, 155/04 y 239/09), consolidando en el RENAR toda la estructura administrativa vinculada al control del armamento en Argentina.
Con la nueva reglamentación, el Estado busca reemplazar la prohibición general por un sistema de autorización más riguroso y trazable, que permita un seguimiento individual de cada solicitud y de las armas registradas.
De esta forma, los usuarios que cumplan los requisitos podrán acceder legalmente a fusiles semiautomáticos, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares, siempre bajo el control y la fiscalización del RENAR.