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Por la nueva Ley de Inocencia Fiscal sobreseyeron parcialmente a Lázaro Báez

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El empresario Lázaro Báez y sus hijos fueron beneficiados con un sobreseimiento parcial en una causa por presunta evasión impositiva, luego de que el Tribunal Oral en lo Penal Económico N.º 3 aplicara la denominada Ley de Inocencia Fiscal, que modificó los montos mínimos para considerar delito la falta de pago de impuestos.

La investigación estaba centrada en supuestas deudas fiscales de la firma Austral Construcciones correspondientes a los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014. Los cargos incluían obligaciones vinculadas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Ganancias y otros tributos.

A partir de la nueva normativa, la evasión simple se configura únicamente cuando supera los 100 millones de pesos por impuesto y por período fiscal, mientras que la evasión agravada exige montos mayores a los 1.000 millones. Además, la ley establece un umbral mínimo para los casos relacionados con el uso de facturación apócrifa.

En ese contexto, las defensas pidieron el sobreseimiento al sostener que gran parte de los montos investigados quedaban por debajo de los nuevos límites. El tribunal hizo lugar al planteo al aplicar el principio de la ley penal más benigna, que establece que debe utilizarse la norma vigente cuando resulta más favorable para los imputados, incluso de manera retroactiva.

Los jueces Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli concluyeron que los montos correspondientes a los ejercicios 2010, 2011, 2013 y 2014 no alcanzan los pisos establecidos por la nueva ley, por lo que dispusieron el cierre parcial de la causa en relación con esos períodos.

De esta manera, el único tramo del expediente que continuará en investigación es el correspondiente al año 2012, cuando la empresa registró cifras que superan el mínimo fijado por la normativa vigente.

La resolución también alcanzó a los hijos del empresario —Martín, Luciana y Leandro Báez— y a otros imputados vinculados a la compañía, quienes obtuvieron sobreseimientos totales o parciales según cada caso.

Con este fallo, el proceso judicial seguirá adelante exclusivamente por las presuntas irregularidades detectadas en 2012, mientras que el resto de los hechos quedó cerrado en función de la nueva legislación penal tributaria.

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