La mujer solicitó acceder a la Fertilización Post Mortem con sus óvulos y el material genético congelado de él. No la dejaron.
El motivo que expresó la jueza Myriam Cataldi, del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 7, a quien se le dirigió el pedido, fue que no había "consentimiento informado expreso" del cónyuge fallecido para realizar la fertilización post mortem.
El hombre había decidido congelar su esperma antes de comenzar un tratamiento de quimioterapia. A quienes enfrentan este tipo de procesos de salud, se les sugiere que congelen óvulos o semen debido a que producto del tratamiento pueden perder la capacidad reproductiva.
Eso decidió el "señor T", y su esposa, tiempo después de que él muriera quiso inseminarse para tener un hijo de él, y el primero de ambos.
La mujer solicitante presentó ante la justicia porteña su petición en la que manifiesta: "El médico de cabecera, al indicarle que tenía que efectuarse el tratamiento de quimioterapia a causa de un cáncer detectado, le anticipó que tal práctica era sumamente invasiva y que podía afectar su capacidad reproductiva. Que por tal motivo, la aquí peticionante y el señor T. decidieron proceder a la criopreservación de semen de aquél".
La esposa del hombre viene abonando todos los meses la criopreservación de gametos, no obstante el fallo remarca que ninguna decisión personal puede ser tomada "sin la opinión ni actuación de su titular".

