Este lunes se realizó la audiencia de imposición de pena en el Centro Judicial de Santa Rosa. Por su parte, la querella solicitó reclusión por tiempo indeterminado. La sentencia se conocerá el viernes.
La fiscalía pidió prisión perpetua para Magdalena Espósito Valenti, madre de Lucio Dupuy, y su pareja, Abigael Páez. Las mujeres fueron encontradas culpables del homicidio del menor de 5 años el pasado jueves 2 de febrero y, este lunes, se llevó a cabo la audiencia de pedido de penas, un procedimiento denominado juicio de cesura y previsto en el artículo 343 del Código Procesal Penal de La Pampa.
Por su parte, la querella pidió reclusión por tiempo indeterminado para ambas. Se determinó que la sentencia se dictará el próximo viernes 17 de febrero a las 12 del mediodía.
María Silvina Blanco Gómez, defensora oficial de Páez, recordó que la Corte Suprema de Justicia declaró en 2006 que la reclusión accesoria por tiempo indeterminado prevista en el artículo 52 del Código Penal es inconstitucional. Se entendió que no constituye una medida de seguridad sino una pena que se impone de forma conjunta a otra condena y viola los principios de culpabilidad, legalidad y proporcionalidad.
Tanto Blanco Gómez como Pablo De Biasi, representante de Espósito Valenti, pidieron que la pena para ambas mujeres se cuantifique en años. Argumentaron que la prisión perpetua, de acuerdo con la legislación actual, "es material y literalmente perpetua" y no permite acceder al beneficio de la libertad condicional.
La audiencia no fue pública debido a que las partes incluyeron el abuso sexual dentro de la carátula, algo que le imputaron a Páez, pero no a Espósito Valenti, por lo que la querella apeló. Tampoco consideraron la figura de "odio de género", planteado por la familia del padre del niño.
Los jueces declararon a la madre como "autora material y penalmente responsable de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento", mientras que a su pareja como "autora material y penalmente responsable del homicidio doblemente agravado por alevosía y ensañamiento en concurso real con el delito de abuso sexual".